Las autoridades electorales observan sin contener el posicionamiento anticipado de operadores de Morena
Las autoridades electorales locales y federales mantienen una actitud omisa frente a las precampañas sistemáticas y abiertas que operadores de Morena construyen en territorio. Mientras figuras de primer nivel saturan colonias y municipios bajo el formato de organización y cercanía, el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana y el Instituto Nacional Electoral responden con procedimientos abiertos, sin aplicar con rigor las disposiciones que prohíben el posicionamiento anticipado ni lograr que las conductas cesen.
En Morelos el patrón es concreto y documentado. Víctor Aureliano Mercado Salgado, senador con licencia indefinida desde finales de abril de 2026 y presidente de la Sección 380 de Morena en Cuernavaca, concentra desde 2025 y con mayor intensidad en 2026 una saturación reiterada de colonias de la capital. Las jornadas denominadas “Mercado del Bienestar” se repiten en Santa Veracruz, Ahuehuetitla, Acapantzingo, Flores Magón, Las Águilas, El Mirador, Nueva Jerusalén, Chamilpa y otras. En cada una su figura aparece como eje central de servicios médicos, asesoría jurídica, trámites y productos subsidiados. A ello se suman funciones de lucha libre en Antonio Barona, Lagunilla, Acapantzingo y Carolina, un torneo deportivo que lleva su nombre y recorridos de entrega del periódico Regeneración. La sistematicidad, la centralidad de su imagen y el momento —posterior a su licencia y a su asunción de la estructura seccional— configuran un posicionamiento territorial sostenido en el municipio que pretende gobernar en 2027.
Estas conductas tensionan de manera directa el artículo 3, párrafo 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que define como actos anticipados de campaña las expresiones realizadas fuera de la etapa correspondiente que contengan llamados al voto o soliciten cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral, y como actos anticipados de precampaña las equivalentes realizadas desde el inicio del proceso hasta antes del plazo legal de precampañas. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha establecido que para su acreditación concurren los elementos personal, temporal y subjetivo, este último valorado a partir del contexto integral y de los equivalentes funcionales. En el ámbito local, el artículo 172 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos prohíbe expresamente que, antes del inicio de las precampañas, cualquier ciudadano que pretenda ser precandidato realice actividades propagandísticas y publicitarias con el propósito inequívoco de su postulación, bajo pena incluso de negativa de registro.
El IMPEPAC ha registrado procedimientos especiales sancionadores y en 2023 dictó medidas cautelares contra propaganda asociada a Mercado. Sin embargo, no ha interrumpido el patrón de alta visibilidad que continúa en curso. La aplicación de los artículos citados se mantiene en un plano reactivo y laxo: se abren expedientes, pero no se contiene la saturación territorial ni se restablece de manera efectiva la equidad.
El mismo esquema se replica a escala nacional. Movimiento Ciudadano presentó formalmente ante el INE una queja que señala como principal responsable a Andrés Manuel López Beltrán por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, junto con la senadora con licencia Andrea Chávez y el presidente municipal con licencia de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar. Los denunciantes exigieron investigación prioritaria, medidas cautelares inmediatas y vista a la Unidad Técnica de Fiscalización para determinar el origen de los recursos. La dirigencia nacional de Morena, por su parte, sostiene el marco que legitima estas prácticas. El 5 de agosto de 2026, la presidenta Ariadna Montiel Reyes sostuvo una reunión de trabajo en Morelos con la estructura estatal. En el encuentro se insistió en la organización territorial, la entrega del periódico Regeneración como herramienta contra la “desinformación” y la defensa de la Cuarta Transformación. La presencia constante en territorio aparece, oficialmente, como tarea central del partido.
La omisión de las autoridades no es neutral. Al no aplicar con rigor el artículo 3 de la LGIPE y el artículo 172 del código local, permiten que la etapa previa a 2027 se convierta en un periodo de construcción de ventajas. La equidad de las contendas queda subordinada a la capacidad de las estructuras territoriales de Morena para posicionar a sus operadores más visibles.
Ambos personajes concentran, en distinto alcance, el mismo modelo. Mercado y López Beltrán operan desde la estructura partidista, saturan territorio con actividades de alta visibilidad personal, se amparan en el discurso de organización y cercanía, y enfrentan denuncias formales por actos anticipados mientras las autoridades electorales correspondientes —IMPEPAC en un caso, INE en el otro— mantienen una aplicación laxa de las normas que prohíben el adelanto de precampaña. Mientras ambos órganos no investiguen a fondo, ordenen el cese de las conductas y apliquen de manera estricta los artículos que rigen la temporalidad y la equidad, la contienda arrancará ya desequilibrada.

