Por qué los presidentes mexicanos terminan rompiendo con quienes los precedieron
Dr. Miguel Ángel Martínez Rodríguez
El presidencialismo mexicano posee un reloj interno que rara vez coincide con el calendario electoral. La reciente afirmación de la titular del Ejecutivo federal —“somos el mismo proyecto, no hay división”— responde a una necesidad política evidente: preservar la continuidad del movimiento que la llevó al poder. Pero gobernar no consiste únicamente en administrar una herencia política. En algún momento, el nuevo presidente debe demostrar que el poder ya no pertenece a quien lo precedió.
Ese momento suele aparecer en el segundo año.
No se trata de una regla constitucional ni de una ley histórica inmutable. Es, más bien, un patrón recurrente del presidencialismo mexicano: durante el primer año, el nuevo gobierno todavía convive con las estructuras, funcionarios, compromisos y equilibrios heredados. Para el segundo, comienza la necesidad de construir una autoridad propia.
El artículo 80 constitucional contiene una premisa elemental: el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión se deposita en un solo individuo. La norma no significa que el presidente gobierne sin contrapesos; significa que, dentro del Ejecutivo, no existe una autoridad presidencial paralela. Ahí aparece el problema político de toda sucesión.
La teoría del Estado ha explicado de distintas maneras esta tensión. Max Weber distinguió entre distintas fuentes de legitimidad y autoridad; Carl Schmitt colocó la decisión en el centro de la soberanía política. En ambos casos aparece una premisa incómoda para cualquier transición: el poder efectivo requiere de una instancia capaz de tomar decisiones definitivas dentro de su ámbito de competencia. Por eso la continuidad política tiene un límite.
Un presidente puede reivindicar el legado de su antecesor, mantener su discurso, conservar sus programas e incluso proteger buena parte de su estructura política. Lo que difícilmente puede hacer indefinidamente es gobernar bajo la sombra de otro centro de poder. La historia mexicana ofrece un caso fundacional.
En 1935, Lázaro Cárdenas todavía gobernaba bajo la sombra del Maximato. Plutarco Elías Calles conservaba influencia política, controlaba posiciones estratégicas y representaba una fuente de autoridad distinta de la presidencial. La tensión llegó a su punto culminante durante el segundo año del gobierno cardenista. En abril de 1936, Cárdenas ordenó la salida de Calles del país y desarticuló definitivamente el sistema político que había condicionado su primer año de gobierno. Ahí comenzó, en términos políticos, el verdadero cardenismo.
La lección es importante: la ruptura no siempre ocurre mediante una confrontación electoral. Puede producirse mediante la reorganización del gabinete, la sustitución de operadores, el desplazamiento de grupos, la intervención administrativa o, en determinados momentos históricos, mediante el derecho penal.
El ejemplo más contundente de esta última modalidad ocurrió durante el gobierno de Ernesto Zedillo. La detención de Raúl Salinas de Gortari, en febrero de 1995, ocurrió apenas unos meses después de iniciado el sexenio y en medio de una relación políticamente compleja con el expresidente Carlos Salinas. Más allá de la responsabilidad penal que finalmente se discutió en los tribunales, aquella detención tuvo una consecuencia política innegable: mostró que el nuevo gobierno estaba dispuesto a utilizar las instituciones de procuración de justicia frente a una figura asociada con el núcleo de poder del sexenio anterior. El mensaje político fue mucho más amplio que el expediente judicial.
Aquí aparece una cuestión fundamental: en México, el derecho penal no solamente ha funcionado como instrumento de persecución del delito. En determinados momentos de nuestra historia política también se ha convertido en el mecanismo mediante el cual un nuevo gobierno demuestra que los pactos, lealtades y protecciones del sexenio anterior han dejado de ser intocables. Por eso los casos actuales adquieren una dimensión que trasciende sus expedientes.
Las investigaciones relacionadas con el huachicol, las redes de corrupción y casos como el de Farías Laguna deben observarse también dentro de la lógica de una administración que comienza a construir su propia frontera con el pasado. Esto no significa afirmar, sin prueba, que exista una decisión política detrás de cada carpeta de investigación. Sería jurídicamente irresponsable. Tampoco significa que toda imputación contra un funcionario de una administración anterior sea necesariamente correcta. Significa algo distinto: cuando un nuevo gobierno comienza a judicializar estructuras vinculadas con el poder precedente, el fenómeno tiene inevitablemente una dimensión política además de jurídica. Y ahí la dogmática penal ofrece una herramienta particularmente poderosa.
Las estructuras criminales complejas pueden ser analizadas, en determinados supuestos, a partir de conceptos desarrollados por Claus Roxinsobre los aparatos organizados de poder. Pero la responsabilidad individual no puede presumirse por pertenencia jerárquica. Debe demostrarse mediante hechos concretos: conocimiento, capacidad de decisión, dominio o intervención relevante y, cuando corresponda, la existencia de un deber jurídico específico de actuar.
Precisamente por eso, cuando una investigación alcanza a funcionarios de alto nivel, el verdadero problema jurídico no es simplemente determinar quién estaba arriba y quién estaba abajo. Es establecer quién sabía, quién podía actuar, quién tenía el deber de hacerlo y quién decidió no hacerlo. Ahí se encuentra la frontera entre la responsabilidad política y la responsabilidad penal. Y también ahí puede comenzar el verdadero deslinde de un sexenio.
La frase “somos el mismo proyecto” puede ser políticamente conveniente. Permite mantener cohesionada una coalición, evitar una fractura prematura y preservar la narrativa de continuidad. Pero la continuidad política no elimina la necesidad de construir un poder presidencial propio.
La historia mexicana demuestra que, tarde o temprano, todo presidente debe responder la misma pregunta: ¿quién gobierna? El segundo año suele ser el momento en que esa pregunta deja de ser retórica. Porque un gobierno puede heredar programas, funcionarios, compromisos y hasta una narrativa. Lo que no puede heredar indefinidamente es la soberanía de la decisión.
El verdadero cambio de sexenio comienza cuando el nuevo presidente deja de administrar el poder recibido y empieza a ejercer el suyo. Y entonces aparece el inevitable dilema: ¿continuidad o ruptura? La respuesta no siempre llega desde el discurso presidencial. A veces llega desde un expediente.

