La diputada JazmÃn Solano López, presidenta de la Mesa Directiva, anunció que presentará al Pleno del Congreso de Morelos iniciativa de reformas al Código Penal Federal y al Código Nacional de Procedimientos Penales, con el propósito de tipificar la violencia vicaria como delito nacional y asà fortalecer una vida libre de violencia para las mexicanas.
“La violencia vicaria, entendida como aquella ejercida contra los hijos e hijas con la finalidad de causar daño a la madre o al padre, representa una forma cruel de agresión indirecta que hasta hace poco carecÃa de un reconocimiento especÃfico en el marco jurÃdico penalâ€, dijo la legisladora integrante del Grupo Parlamentario de MORENA.
Al explicar que, de acuerdo con el Frente Nacional contra la Violencia Vicaria, el ilÃcito está tipificado en Morelos y otros 21 estados, se encuentra incluida en 29 entidades en la Ley de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, pero la tipificación y tratamiento jurÃdico en el Código Penal Federal no existe.
Expuso que por ello presentará iniciativa de reformas a los artÃculos 202 Quater y adición del artÃculo 343 Quinquies en el Código Penal Federal, y Reforma los artÃculos 187 y 256 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
“Estas reformas tienen base en los compromisos internacionales del Estado mexicano, y también responde al llamado social urgente de miles de vÃctimas que enfrentan procesos largos, revictimizantes y muchas veces ineficaces. Es momento de fortalecer el marco legal con una visión preventiva, protectora y centrada en la dignidad humanaâ€, apuntó.
Precisó que, el objetivo es establecer expresamente el tipo penal por el delito por violencia vicaria y además dotar al agente del Ministerio Público Federal de potestad para acordar medidas preventivas que protejan a las vÃctimas de violencia vicaria, asà como exhortar al probable responsable a abstenerse de cualquier conducta ofensiva. Asimismo, indicar la obligación de que, en todos los casos, el Ministerio Público solicite al juez las medidas precautorias que resulten pertinentes.
Sintetizó su propuesta: Establecer el tipo penal de violencia vicaria en el Código Penal Federal y perseguirlo de oficio; facultar al Ministerio Público para acordar medidas preventivas inmediatas en casos de violencia vicaria, y obligarlo a exhortar al probable responsable a abstenerse de cualquier conducta lesiva hacia la vÃctima, además de establecer, al MP, el deber de solicitar al juez la imposición de medidas precautorias.
De igual manera: Poner énfasis a la protección de las personas menores de edad al sancionar con mayor rigor a aquellos agresores que les causen además daños fÃsicos; Impedir que los agresores por violencia vicaria sean beneficiarios de acuerdos reparatorios o de criterios de oportunidad establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales; Que los agresores pierdan la patria potestad por sentencia definitiva; y, Castigar a las personas servidoras públicas que se les acredite retardar de forma intencional los procesos legales para sancionar la violencia vicaria.

