La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo oficializó la reforma que confirma la “Supremacía Legislativa” mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Esto tras las atropelladas aprobaciones en el Congreso de la Unión y Senado de la República.

La reforma introduce un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución y modifica el artículo 107, fracción II. Establece que no se admitirán controversias constitucionales ni acciones de inconstitucionalidad que busquen cuestionar reformas a la Constitución. En consecuencia, cualquier cambio a la Carta Magna, una vez ratificado, quedará exento de revisión judicial.

El decreto, fechado el 31 de octubre de 2024, resalta en el artículo 105 que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”. Así, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y otros tribunales no podrán evaluar la constitucionalidad de las reformas aprobadas.

Además, la modificación al artículo 107 aclara que el juicio de amparo tampoco será aplicable a estos cambios. El objetivo principal de esta reforma es evitar la intervención del poder judicial en la modificación de la Constitución.

La rapidez en la publicación ha generado reacciones diversas en los ámbitos político y judicial. Según el decreto, la reforma entrará en vigor el 1 de noviembre de 2024, lo que significa que futuras modificaciones estarán protegidas desde su aprobación y publicación.

Finalmente, se establece que los casos en trámite relacionados con impugnaciones a reformas constitucionales se regirán por estas nuevas disposiciones, limitando la posibilidad de resolución conforme a criterios anteriores.

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