
En sesión presencial de carácter pública, este sábado 24 de agosto el Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) atendió cuatro recursos de inconformidad y 10 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, cuyos datos de identificación fueron precisados en el aviso de sesión respectivo y que corresponden a un total de tres proyectos de resolución.
Con el quórum legal para sesionar válidamente, por unanimidad se dio cuenta en primer lugar con el proyecto de resolución del expediente TEEM/RIN/03/2024-3 y sus acumulados, promovidos por dos partidos políticos, así como por diversos ciudadanos en contra del Consejo Municipal de Jantetelco y el Consejo Estatal Electoral, ambos del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC).
El proyecto fue aprobado por unanimidad con un voto recurrente. En consecuencia, se resuelve, primero, son infundados e inoperantes los agravios expresados en los expedientes TEEM/RIN/03/2024 y TEEM/RIN/06/2024, en atención a las consideraciones expuestas en la presente sentencia; segundo, resultan infundados los agravios expresados por el ciudadano en el juicio de la ciudadanía 161/2024, en los términos razonados en el presente fallo; tercero, se sobresee el juicio de la ciudadanía 172/2024 de conformidad con lo expuesto en la presente resolución; cuarto, se confirma el cómputo de la elección de la presidencia municipal de Jantetelco, así como la declaración de validez de la elección y la expedición de la constancia de mayoría en favor del ciudadano, en atención a lo expuesto en la presente sentencia; quinto, se confirma el acuerdo IMPEPAC/CEE/342/2024, relativo a la asignación de regidurías del municipio de Jantetelco, Morelos, en términos de la presente resolución.
En segundo lugar, se dio cuenta con el proyecto de resolución del expediente TEEM/RIN/10/2024-3 y su acumulado TEEM/JDC/197/2024-3, relativos al recurso de inconformidad y juicio ciudadano interpuesto y promovido por un partido político y una ciudadana, respectivamente, en contra del Consejo Municipal de Yecapixtla y Consejo Estatal Electoral ambos del IMPEPAC.
El proyecto fue aprobado por unanimidad. En consecuencia, se resuelve, primero, se tiene por no interpuesto el recurso de inconformidad TEEM/RIN/10/2024-3, promovido respectivamente por el Partido MORENA, por conducto de su representante propietario, de conformidad con el considerando Tercero de la presente sentencia; segundo, son infundados e inoperantes los agravios expuestos por la parte actora en el juicio ciudadano TEMM/JDC/197/2024-3, con base en lo razonado en la presente sentencia; tercero, se confirma el acuerdo IMPEPAC/CEE/342/2024, en los términos razonados en la presente sentencia, así como la entrega de las constancias de regidurías; cuarto, se confirma el cómputo municipal electoral de la elección de Yecapixtla, Morelos; la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría entregada al candidato postulado por la coalición “Dignidad y Seguridad por Morelos Vamos Todos”.
En tercer lugar, se dio cuenta con el proyecto de resolución del expediente TEEM/JDC/181/2024-3 y sus acumulados TEEM/JDC/204/2024-3, TEEM/JDC/205/2024-3, TEEM/JDC/209/2024-3, TEEM/JDC/225/2024-3, y TEEM/RIN/89/2024-3, relativos a los juicios ciudadanos y recurso de inconformidad, interpuestos por diversos ciudadanos y un partido político, respectivamente, en contra del Consejo Municipal Electoral de Jiutepec y el Consejo Estatal Electoral ambos del IMPEPAC.
El proyecto fue aprobado por unanimidad. En consecuencia, se resuelve, primero, se desecha de plano el diverso RIN identificado con el número de expediente TEEM/RIN/89/2024-3, con base en lo razonado en la presente sentencia; segundo, son infundados los agravios expuestos por las partes actoras en los juicios ciudadanos TEEM/JDC/181/2024-3, TEEM/JDC/204/2024-3, TEEM/JDC/205/2024-3, TEEM/JDC/209/2024-3 y TEEM/JDC/225/2024-3, con base en lo razonado en la presente sentencia; tercero, se confirma el acuerdo IMPEPAC/CEE/343/2024 por las consideraciones expuestas en la presente sentencia, así como la entrega de las constancias de regidurías.
El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Morelos estuvo encabezado por Ixel Mendoza Aragón, Magistrada Presidenta y Magistrada Titular de la Ponencia Tres; Martha Elena Mejía, Magistrada Titular de la Ponencia Dos y Marina Pérez Pineda, Magistrada en Funciones de la Ponencia Uno.



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